Exención del IVA por Importación de Maquinaria.
Todos sabemos que al importar mercancías siempre tenemos que paga impuestos como los Derechos arancelarios a la importación (D.A.I.) y también sabemos que es raro no pagar la Ley de impuestos a la transferencia de Bienes muebles y la prestación de servicios (I.V.A.). En El Salvador hay una excepción, digo una por que en si la maquinaria, la mayoría esta exenta de D.A.I., si embargo, ya que no somos un país totalmente industrializado en la fabricación de maquinas, que el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía conoce muy bien. Se crea el F-16, formulario que se llenará y que se presentará en aduana para no pagar I.V.A. antes del arribo de la misma, y como la mayoría de maquinaria no paga D.A.I., practicamente entraran libres al territorio nacional, claro con ciertos restricciones que cualquiera puede cumplir y aprovechar las facilidades del comentado formulario.
1. Presentar
el formulario F-16 completándolo a máquina tanto el original como las copias.
2. Presentar
escrito dirigido al Director General de Impuestos Internos, describiendo el
proceso de producción en el cual se utilizará la maquinaria; asimismo deberá
expresarse que el uso de la maquinaria sea exclusivamente para producción de
bienes y servicios gravados (o sea sobre los que se cobrará el impuesto); además debe manifestarse que
la maquinaria servirá para incentivar la reconversión industrial y que dicha
maquinaria será destinada a formar parte de su activo fijo.
3. Presentar
Copia de Factura pro forma o copia de la misma de importación de la maquinaria.
4. Presentar
lámina ilustrativa de la maquinaria.
5. Presentar
el formulario F-16 por lo menos 30 días antes de efectuar la importación.
6. Comparecer
personalmente, Representante Legal o Apoderado.
7. En
caso de que el trámite no fuere presentado por el contribuyente, Representante
Legal o Apoderado, deberá adjuntar autorización autenticada y fotocopia del DUI
del contribuyente, Representante Legal o Apoderado o pasaporte (extranjeros),
así como copia del DUI de la persona autorizada que realiza el trámite
Notas:
- Presentar el formulario F-16 por lo menos 30 días antes de efectuar la importación.
- Durante el proceso de verificación puede ser requerida documentación e información adicional según el caso.
Contactos:
Teléfono: 2244-3444
Correo Electrónico:asistenciadgii@mh.gob.sv
Ubicación:
- Sección Registro de Contribuyentes, y Maquinaria Exenta, Centro de Servicios al Contribuyente, Diagonal Centroamérica y Avenida Alvarado No. 4, San Salvador.
Grandes Contribuyentes:
-
Sección Asistencia, Facilitación y Control primario, Torre 2 Planta Baja, Ala “C”, San SalvadorBase Legal del Servicio y otras disposiciones:Art. 92 del CAUCA, Art. 200 del RECAUCA y Arts.45 literal h) y 48 literal g) de la Ley de Impuesto a la transferencia de Bienes Muebles y la Prestación de Servicios.Source:
Eduardo HernándezAsesor AduaneroEgresado en Lic. en Economía Aduanera y Futuro Agente Aduanero de El SalvadorCon experiencia en importación y tramitologia de vehículos y llantas entre otras mercancías.Cualquier consulta o duda: (503)7015-7312 / (503) 2101-2664Email: eduardo@empresasaforo.com
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