lunes, 31 de octubre de 2016

Temporada Navideña: El equipaje de viajero exento de impuestos hasta US $1,500.00


Compatriotas ingresarán libre de impuestos hasta US$1,500 en Equipaje

Ya está terminado el año y navidad muy cerca también. Huele a vacaciones en escuelas, Universidades y en el trabajo, ni se diga. Y otros que ni vacaciones tienen, pero ya es otro rollo. Todo esto sumado también hace que los regalos y visitas de nuestro familiares fortalezca en esta fechas tan especiales, por lo que tanto tiempo sin ver a los seres queridos y poder llevarles un regalito desde Estados Unidos u otro país como un regalo tan especial y ahora para toda la familiar sin pagar impuestos es mucho que mejor.



La Asamblea legislativa aprobó la semana pasada, la modificación temporal del artículo 4 de la "Ley de equipajes de viajeros procedentes del exterior", por la cantidad de hasta US$1,500. De producto nuevo aparte de que la ley establece del uso personal.

Esta cantidad permitirá a los viajeros o familiares que viven de exterior no pagar menos impuestos. La recomendación seria llevar las respectivas facturas y si no hay pues ahí la aduana le pondrá valor de referencia. Claro si usted se pasa de esa cantidad pagará nada más el excedente.

Así que preparen sus regalos y felices fiestas.


Si quieres saber que no paga impuesto en tu equipaje te dejo el link

Fuentes:

 TV Nacional, (Link1), (Link 2)

Eduardo Hernández
Asesor Aduanero 
Egresado en Lic. en Economía Aduanera  y Futuro Agente Aduanero de El Salvador
Con experiencia en importación y  tramitologia de vehículos y llantas entre otras mercancías.
Cualquier consulta o duda: (503)7015-7312 / (503) 2101-2664
Email: eduardo@empresasaforo.com  // Twitter: @Eduardo_hyuga





domingo, 7 de agosto de 2016

¿Que debe contener una factura de importación/ Exportación?


Elementos básicos de lo que tiene que contener una factura de importación / Exportación

Información útil para aquellos/as compradores, importadores, encomenderos, exportadores de Guatemala, Honduras, Nicaragua, El Salvador, Costa Rica y Panamá, ya que estas leyes están armonizadas a nivel de Centroamérica, por lo cual será de mucha utilidad entro estos países, y no tener contratiempos con las aduanas.



Primeramente vamos a comenzar con el significado, extraído del RECAUCA:


FACTURA COMERCIAL:Documento expedido por el vendedor, en el cual se relacionan todas las mercancías a exportar o importar con los precios unitarios y totales y demás anotaciones requeridas por el comercio exterior. 

CONTENIDO DE LA FACTURA COMERCIAL:

  1. Nombre y domicilio del vendedor;
  2. Lugar y fecha de expedición.;
  3. Nombre y dirección del comprador de la mercancía ;
  4. Descripción de la mercancía, si tiene un código, marca, entre mas detallado mucho mejor;
  5. Cantidad de la mercancía( o quantia);
  6. Valor unitario y total de la mercancía ;
  7. INCOTERMS o como se conoce como terminos pactados con el vendedor: Lo que quiere decir este punto es que cuando le compras al vendedor y negocian, mutuamente detallan puntos como puede ser lugar de entrega, si hay seguro, embalaje, trámites, quién paga, va incluido en la venta, etc. A nivel internacional y facilitar estos procesos se utilizan los INCOTERMS y asi de esa manera tener una armonización en el comercio sobre terminos cuando se compra. Y tiene que venir en la factura.
Notas:

- Las facturas pueden venir en castellano o en ingles según el Boletín informativo DGA-014-2011
 - Si las facturas viene con nombres no comunes o códigos, y que el importador sabe (y aduana tampoco es sabia), hay que detallar una cartita del material o función del ítem según la clasificación arancelaria determinado por el asesor aduanero, clasificador arancelario o Agente de Aduanas.
- Si viene en otro tipo de moneda, no hay problema, solo se le aplica el tipo de cambio del BCR.

TAMBIÉN HAY QUE AGREGAR:
  1. Origen de las Mercancías
  2. Peso Neto y Bruto en Quilogramos
  3. Clasificación arancelaria
  4. Bultos
  5. Número de factura
  6. Número de Compra(s)(SAP) para las empresas que lo usan.
  7. Tipo de Moneda
  8. Monto asegurado (Cuando aplique)


 Toda esta información es necesaria agregar más que todo en las importaciones/ exportaciones regionales con Guatemala, Honduras, Nicaragua y otros. Ya agregando la presente información se evitará atrasos y pérdida de tiempo y dinero. Y facilitando a todos los procesos documentales como por ejemplo la elaboración de documentos de transporte, clasificación arancelaria (ya que tiene que saberlo el vendedor), origen si aplica Fauca o no, etc. Ya que todo vendrá en la factura. Todo esto para que aduana no rechaza sin ningún problema.


La facturas es muy importante revisarlas ya que normalmente le falta información, y puede recurir a multas posteriores, las facturas en procesos aduaneros se utilizan en :
 
  • Transitos Aduaneros;
  • Elaboración de la Declaración de mercancias;
  • Elaboración de documentos de transporte
  • VISADOS en la junta de quimica y otros entes
  • Confirmación de compra 
  • Origen y aplicar preferencias arancelarias
  • El uso posterior del importador
 NO UTILIZACIÓN DE FACTURAS:

  • Menaje de Casa cuando son usados
  • Repuestos usados
  • Ropa usada
  • En frontera
 ERRORES COMUNES:

- Visar facturas con errores en la mismas por ejemplo que diga: "Factura proforma" y las mencionadas anteriormente, y se manden a visar.
- Facturas con tachaduras, alteraciones, o que afecten datos de importancia o que parezcan copias.
- No agregar costos efectuados por el vendedor.
- Pesos incorrectos, bultos incorrectos, suma de cantidad incorrecta. 
- No detallar el tipo de moneda


Ejemplo de Factura:

Factura de ejemplo


Fuente:

Art. 323, 584 RECAUCA, Art. 167 ley Organica del Servicio Consular, Art. 49 Ley de Medicamentos.



Eduardo Hernández
Asesor Aduanero 
Egresado en Lic. en Economía Aduanera  y Futuro Agente Aduanero de El Salvador
Con experiencia en importación y  tramitologia de vehículos y llantas entre otras mercancías.
Cualquier consulta o duda: (503)7015-7312 / (503) 2101-2664
Email: eduardo@empresasaforo.com   / Twitter: @Eduardo_hyuga