Vehículos Eléctricos Usados y Nuevos.
Me pasaron una nota o mejor dicho un documento que establecen nuevas reformas a la Ley donde establecen los años de importación de los vehículos y sus restricciones, en esta caso usados(REFÓRMASE LA LEY DE FOMENTO E INCENTIVOS PARA LA IMPORTACIÓN Y USO DE MEDIOS DE TRANSPORTE ELÉCTRICOS E HÍBRIDOS).
En ambos casos no pagan impuestos, pero si hay mas restricciones para los usados ya sea híbridos o eléctricos, en ese sentido a comparación de la antigua ley por decirlo de esa manera han quitado muchas desventajas como por ejemplo que tenia que venir con batería totalmente nueva desde origen, cosa que complicaba la importación en varios sentidos como la logística de la compra y el precio o valor de comprar nuevo una batería para esas clases de vehículos ¿no cree así?
Recuerdo varios vehículos que ingresaron con la antigua ley, y pues tenia que ser re-exportados ósea sacarlos a Guatemala estos vehículos provocado doble gastos.
En esta reforma se ha quitado esto y vamos a ver para en el caso de los USADOS, como va quedar estar ley ya reformada para las futuras importaciones.
Le dejo algunas actualizaciones:
LA LEY DE FOMENTO E INCENTIVOS PARA LA IMPORTACIÓN Y USO DE MEDIOS DE TRANSPORTE ELÉCTRICOS E HÍBRIDOS. |
¡Éxitos!
-REFORMAS LA LEY DE
FOMENTO E INCENTIVOS PARA LA IMPORTACIÓN Y USO DE MEDIOS DE TRANSPORTE
ELÉCTRICOS E HÍBRIDOS
-ASAMBLE LEGISLATIVA
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