domingo, 29 de enero de 2017

La Sexta enmienda (Clasificación Arancelaria de Mercancias) y su impacto en los vehículos

¿Cuales son los cambios que sufrirá la importación de vehículos en el 2017?


Después de recibir una capacitación sobre el presente tema por la D.G.A.(Dirección General de Aduanas)el año pasado,  suponía ver/notar cambios de cambios de mayor envergaduras como cambio de D.A.I. osea en los porcentajes y en momentos cambios de partida arancelaria de una manera radical (este último si fue muy cierto pero en aperturas). La realidad este capitulo solo sufrió un poco aparte de agregar los dos dígitos, ya que ahora ya no son 8 dígitos si no 10 en total, pero tranquilos no hay cambios por que la mayoría son dos ceros "00" o se le agrega un "01" en los dos últimos dígitos.

Pero en los vehículos que es el capitulo 87 de  S.A.C. (Sistema Arancelario Centroamericano), tuvo un cambio ligero, pero útil para la nueva generación de vehículo y que a continuación les explico y que no habrá errores o confusiones en la Clasificación ahora en adelante.

¿Conocen ustedes los vehículos totalmente eléctricos y los Híbridos? ¡Correcto! en eso teníamos un grave problema para nosotros como asesores/ Agentes Aduaneros/ Despachante teníamos un criterio y ellos otros en la determinación de la clasificación arancelaria, por lo tanto habría multas si ellos decidían que estábamos en lo incorrecto. Lo que quiero decir es que la pasada enmienda ya estaba dando una obligatoria actualización después de 5 años de no hacerlo. Y que este año comenzó la 6ta enmienda para toda Centroamérica señores. A continuación le muestro la apertura de la partida arancelaria de los vehículos mencionados.

 

Mas que todo el problema era con los vehículos con motor eléctrico 100%, pero con los híbridos se clasificara en la 8703.90.00.00 . Con los porcentajes ahorita se los detallo:


Creo que se clara la carga tributaria que le imponen a los vehículos en ES. Pero ya ese es otro tema que no me pondré a discutir, lo que si puedo decir que el año pasado si fue uno de las mayores importaciones de vehículos en el país.

Motocicletas

Las motocicletas tuvieron su apertura de partida arancelaria también y que a continuación detallo:

Información tomada de la 6ta enmienda S.A.C.

 Esta apertura se dio para darle cabida a o separa las motocicletas eléctricas y las bicicletas con motor auxiliar.

Estos son los porcentajes de D.A.I. que respectivamente pagarán, a continuación les detallo:

 


Es el 5% para cualquier de las dos. Pues espero que sirva este pequeño aporte Aduanero.


Eduardo Hernández
Asesor Aduanero 
Egresado en Lic. en Economía Aduanera  y Futuro Agente Aduanero de El Salvador
Con experiencia en importación y  tramitologia de vehículos y llantas entre otras mercancías.
Cualquier consulta o duda: (503)7015-7312 / (503) 2101-2664
Email: eduardo@empresasaforo.com  // Twitter: @Eduardo_hyuga


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