lunes, 31 de julio de 2017

Calendario Aduanero El Salvador 2017

Vacaciones y otros días feriados de la Aduanas de El Salvador.


A continuación mostramos en el siguiente link el calendario Aduanero 2017 para que lo tengas presente para gestiones aduaneras. 

Las fronterizas, marítimas y aéreas siempre están funciones para darle al usuario el debido servicio


Esta información la puedes también encontrar en la pagina de la D.G.A.




Para mas información:
Empresas Aforo El Salvador

Tel. 503 2101 - 2664
Email: eduardo@empresasaforo.com

domingo, 25 de junio de 2017

¿Por que Aduana pide la transferencia bancaria?

Wire Transfer/ Transferencia Internacional



Este proceso bancario lo aprendí de forma que era no necesario, si no que obligatorio para presentar en aduana de vehículos, donde trabajé, porque cuando se iba a pagar un vehículo(importador) a las subastadoras de EE.UU por medio de una entidad bancaria, ya sea de manera manual o electrónica la transferencia, ese comprobante era necesario tener una copia para respaldar el valor aduanero de lo que compraste.


Un ejemplo de transferencia Cableo-gráfica manual

En este pequeña publicación deseo tanto para mercancía, vehículos usados o toda compra internacional tu derechos como importador de comprobar el valor real que tu pagaste por ese item. Y defenderte de una forma legal, ya que todos sabemos que la ignorancia a las leyes no te salvaría, y menos en aduana.

El Salvador esta suscrito en la O.M.C.(organización mundial de comercio), por lo tanto esta obligado acatar ciertas facilidades y maneras de comprobar valor (Valoración Aduanera: lo que tu pagaste por el producto valor real), y esa es la transferencia bancaria y no la factura. La Aduana no tiene obligación de aceptar la factura( este punto mas que todo de los vehículos usados) ¿Por que? Primeramente por que ahora los importadores actuales de vehículos usados no se va aceptar ese valor, por que son importadores valor transferencia no valor factura. 

Y así es para llantas usadas, es igual. Por ejemplo si sale rojo y el valor esta muy bajo, te piden la transferencia y tiene que coincidir los datos con lo de la factura(s) para aceptarlo.

Lo que te quiero decir que la transferencia te defenderá a que aduana te pueda poner valores de referencia puestos por ellos( y por supuesto que son valores mas altos), por lo tu como importador perderá, ademas de tiempo... DINERO por no asesorarte, y ni se diga en vehículos usados en términos monetarios.

La O.M.C. tiene como base legal el G.A.T.T.(una ley internacional), en su articulo VII (que no explicare por este momento) y también la transferencia esta respaldado como primera regla de valoración a nivel Centroamericano, por lo que el  "Reglamento Centroamericano sobre la valoración aduanera de las mercancías" esta basado sobre el G.A.T.T.

GATT  articulo VII dice:



CONSEJOS

Como regla general, asesorarse ¿Hay que pagar? Claro... de las que te vas a salvar, mas si tu capital es limitado o no quieres perder en la primera por dar un ejemplo. 

También cuando se hace una transferencia bancaria debe anotar el número de factura, el número de lote, existencia (para el caso de los vehículos usados por subasta) en la transferencia para relacionarlo.

En el caso de los vehículos usados el mismo importador debe hacer la transferencia.

Siempre en los vehículos usados si pagas storage "parqueo", se debe anotar a que vehículo se esta pagando, si no se te suma al valor del vehículo aumentando los impuestos significativamente, igualmente un "relis", ya que aprovechas a  no pagar la comisión de banco dos veces y lo haces(aprovechando) en una sola.

Si quieres recomendaciones sobre los mejores bancos para hacer transferencias internacionales, yo tengo para ayudarte.


Eduardo Hernández
Asesor Aduanero /Egresado en Economía Aduanera de la UNSSA/ Futuro Agente Aduanal
Experto en la importación de vehículos usados, llantas entre otras.
Servicios: tramites, asesoría, transporte, permisologia, etc.
eduardo@empresasaforo.com
+ 503 2101 2664

viernes, 9 de junio de 2017

¿Como importar Botes, lanchas, Jet Ski, Buques, Motos Acuáticas al país? Restricciones e impuestos El Salvador (Transporte Marítimo)

Botes, Lachas, Jet Ski y otros similares (Todo Transporte marítimo)


 En América, los únicos países que no tiene salida al mar directamente son dos que están en Sudamerica Bolivia y Paraguay, y si considero que es una parte importante de una nación para su desarrollo y  por que no diversión. Por eso las importaciones/ exportaciones de Lachas, Jet Ski, buques, etc. Son comunes y en ocasiones llenas de preguntas básicas Aduaneras en El Salvador que tratare de resolver en esta pequeña publicación.



El Salvador, Acajutla
Así como los vehículos usados, hay poca información pero necesaria para despegar dudas, por ejemplo podemos mencionar algunos puntos de estos tipo de transporte maritimo:

  • No tiene restricciones de años;
  • Paga primera matricula(PM);
  • Impuestos aplicables en aduana (DAI, IVA; PM);
  • Usado o nuevo es lo mismo proceso;
  • No es necesario traerlo con un importador de vehículos usados por ejemplo;
  • No tiene permisos especiales previos administrativos;
  • No hace emisión de gases o algo por el estilo ¿ Podría darse esta pregunta a cualquiera no?
Jet Ski
 IMPUESTOS

A continuación les mostrare las tasas de impuestos aplicables a los principales medios de transporte marítimo a El Salvador (Aplicable para toda C.A. también):

DAI:  Para buques ronda entre el 10% a cero, ya va depender uso para poder aplicar la tasa final, para Yates o embarcaciones de recreo es el 15% incluye: Jet Ski, botes de remo, Canoas, etc.

PM: Según el articulo 9 literal a) y b) pagarían los Yates, embarcaciones acuáticas de recreo el 10%, y los buques y artefactos navales el 2%.


Valoración:  Por supuesto que siempre es necesario contar con la factura, transferencia bancaria y si no hay entonces procedemos, ya sea valores de  referencia o solicitando a la aduana el valor para calcular el impuesto.

Jet Ski con remolque en Aduana


OTROS DATOS:

Por supuesto que estos medios de transporte marítimo deben movilizarse en cualquier momento por vía terrestre (transportarlo de un lugar a otro), por eso siempre traer un remolque que si bien viene por la compra, se tiene que considerar a la hora de tramitar en las Aduanas del país, por lo que dependiendo del caso, se puede cobrar aparte o en el mismo valor para determinar también si se deberá sacar placas, pero esos son puntos que yo mismo puedo ayudar en su momento.


Te sirvió la información, necesitamos poner una calculadora en esta pagina  de impuestos ¿Nos ayudas con una donación?

Eduardo Hernández
Asesor Aduanero /Egresado en Economía Aduanera de la UNSSA/ Futuro Agente Aduanal
Experto en la importación de vehículos usados, llantas entre otras.
Servicios: tramites, asesoría, transporte, permisologia, etc.
eduardo@empresasaforo.com
+ 503 2101 2664



lunes, 29 de mayo de 2017

Si tu vehiculo viene Rodando o en Tacuazina hacia El Salvador ¡Tienes que saber esto!

Importador de vehículos usados (V.U.), ocasionales y transportistas.

A los importadores de vehículos usados que comúnmente bajaban vehículos rodando o en Tacuazinas que por motivos diferentes habitualmente lo hacían y que se acogían a valores legales que se ponían como flete, y de esa manera determinar los impuestos (Valor aduanero) en el Decreto 383, ya que los transportistas de Tacuzinas o los transportistas que por años se dedicaban a esto, tendrán unos ciertos cambios para acogerse a esos valores y que a continuación le muestro y que se aplicara este día Lunes 29/05/2017.


Por ejemplo un vehículo que venían en Tacuzina pagaba $600 de Flete y $60 de seguro, si venia rodando $300 de flete y $50 de seguro  en los sedanes, claro si venia por sus propios medios. Ahora tendrá que cumplir con estos requisitos siempre para acogerse a la ley, de lo contrario sera manifestado en un documentos de transporte llamado "Carta de porte" por parte de los transportistas autorizados.

Source: DACG 005 2005 & Decreto legislativo 383

Eduardo Hernández
Asesor Aduanero /Egresado en Economía Aduanera de la UNSSA/ Futuro Agente Aduanal
Experto en la importación de vehículos usados, llantas entre otras.
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domingo, 28 de mayo de 2017

Tipos de Multas en Aduana Para Importadores / Exportadores

Multas Aduaneras y que el importador/ exportador tiene que saber( Las mas comunes)






Asesorarse en ocasiones considero importante ya que normalmente uno puede conocer un tema, pero no todo, pero si lo básico y este es el motivo por el cual escribo esta publicación. Ayudar a que no tengas problemas que uno puede cometer por puro desconocimiento previo, pero como sabemos la ley no te ayudar ni perdonará si dices "no lo sabia".

Primeramente conoceremos los  3 tipos de multas, que son :

  • Multas administrativa:
 Así resumida cuentas  y sin complicarles la vida, son las leves, como por ejemplo : por el mal peso, por la quantia o bultos erróneos, por abandono tácito (explicare mas adelante), no tener origen(pero no origen de donde viene si no que origen de fabricación), mala clasificación arancelaria, faltas de marcas de identificación o alteración de las mismas. Quiero aclarar que estas son las mas comunes y frecuentes ¡hay mas!, pero no las pondré por que son para otro tipo de usuarios y menos frecuentes. Todas las multas administrativas tiene un costo de $50.00.
  • Multas Tributarias:
Estas a comparación de las administrativas si causan un perjuicio fiscal, pero no delito. Como pueden ser mal calculo de impuestos (inexactitudes en la información) osea que quieran engañar con documentos erróneos en valores de los productos por decir algo, que el peso estén declarando otra cantidad a comparación al peso real (a granel) y que no tenga un inexactitud del 5%, que apliquen a la importación excepciones como tratados de libre comercio y que no cumplan, el equipaje también si declaran mal o con inexactitudes tienen multas, los vehículos que tiene permisos temporales,el transbordo o reembarque( aquí entran las navieras/Forwardes) que lo hacen y después no quieren emitir una simple carta explicando el porque. Aquí hay cárcel de 4 a 6 años( si sobrepasa los $25,000 defraudados), multas de 300% sobre lo dejado de pagar, tres salarios mínimos y en suspensiones temporales.
  • Multas Penales:
Estas son para los que constituyen un delito de contrabando o evasión de control aduanero. Podemos mencionar por ejemplo: eludir control aduanero( no pasar por fronteras y/o aduanas) importando o exportando mercancía prohibidas ( gas licuado, petróleo o subsidiado por el estado), ocultación de mercancías, descargar la mercancías en lugares no habilitados, romper precintos aduaneros o violación del mismo, hay mas pero son suficientes estas para su compresión. Aquí ya son para prisión o suspensión definitiva.

Explicare a continuación algunos que mayoritariamente son frecuentes en importadores:

Abandono tácito;  pasando los 20 días hábiles desde su llegada al país, y no se paguen impuestos y se presente la declaración de mercancía( en el caso de mercancías) se impondrá una multa administrativa.

Presentar otra factura diferente a la que tiene aduana: Usted presenta una factura y la que envío el proveedor dice otro valor por poner un ejemplo, aduana declara que se esa evadiendo impuestos ,y  por omisión de impuestos se declara un 300% sobre lo dejado de pagar, pero si quieres pagar la mitad de la multa, te sugiero que pidas una atenuante, te acordaras de mi cuando lo pidas.


¿Puede volver en abandono la misma mercancía?

Últimamente este punto no pasa muy a menudo con mercadería en general, pero si hablamos de vehículos, específicamente usados, puede llegar a suele mas  a menudo por "a" o "b" motivos, por lo que si pasa 30 días en aduana(recinto) (no especifica la ley si son calendario o hábiles, pero se comprende que son corridos), ya con la notificación de retiro (levante), entonces se procederá con una multa administrativa que es de $50.00 americanos pasando esos días, llevando el proceso como un abandono normal. ( RECAUCA Art. 604 literal c))

Todo esto y mas lo encuentra en ley LEPSIA.

Eduardo Hernández
Asesor Aduanero /Egresado en Economía Aduanera de la UNSSA/ Futuro Agente Aduanal
Experto en la importación de vehículos usados, llantas entre otras.
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domingo, 29 de enero de 2017

La Sexta enmienda (Clasificación Arancelaria de Mercancias) y su impacto en los vehículos

¿Cuales son los cambios que sufrirá la importación de vehículos en el 2017?


Después de recibir una capacitación sobre el presente tema por la D.G.A.(Dirección General de Aduanas)el año pasado,  suponía ver/notar cambios de cambios de mayor envergaduras como cambio de D.A.I. osea en los porcentajes y en momentos cambios de partida arancelaria de una manera radical (este último si fue muy cierto pero en aperturas). La realidad este capitulo solo sufrió un poco aparte de agregar los dos dígitos, ya que ahora ya no son 8 dígitos si no 10 en total, pero tranquilos no hay cambios por que la mayoría son dos ceros "00" o se le agrega un "01" en los dos últimos dígitos.

Pero en los vehículos que es el capitulo 87 de  S.A.C. (Sistema Arancelario Centroamericano), tuvo un cambio ligero, pero útil para la nueva generación de vehículo y que a continuación les explico y que no habrá errores o confusiones en la Clasificación ahora en adelante.

¿Conocen ustedes los vehículos totalmente eléctricos y los Híbridos? ¡Correcto! en eso teníamos un grave problema para nosotros como asesores/ Agentes Aduaneros/ Despachante teníamos un criterio y ellos otros en la determinación de la clasificación arancelaria, por lo tanto habría multas si ellos decidían que estábamos en lo incorrecto. Lo que quiero decir es que la pasada enmienda ya estaba dando una obligatoria actualización después de 5 años de no hacerlo. Y que este año comenzó la 6ta enmienda para toda Centroamérica señores. A continuación le muestro la apertura de la partida arancelaria de los vehículos mencionados.

 

Mas que todo el problema era con los vehículos con motor eléctrico 100%, pero con los híbridos se clasificara en la 8703.90.00.00 . Con los porcentajes ahorita se los detallo:


Creo que se clara la carga tributaria que le imponen a los vehículos en ES. Pero ya ese es otro tema que no me pondré a discutir, lo que si puedo decir que el año pasado si fue uno de las mayores importaciones de vehículos en el país.

Motocicletas

Las motocicletas tuvieron su apertura de partida arancelaria también y que a continuación detallo:

Información tomada de la 6ta enmienda S.A.C.

 Esta apertura se dio para darle cabida a o separa las motocicletas eléctricas y las bicicletas con motor auxiliar.

Estos son los porcentajes de D.A.I. que respectivamente pagarán, a continuación les detallo:

 


Es el 5% para cualquier de las dos. Pues espero que sirva este pequeño aporte Aduanero.


Eduardo Hernández
Asesor Aduanero 
Egresado en Lic. en Economía Aduanera  y Futuro Agente Aduanero de El Salvador
Con experiencia en importación y  tramitologia de vehículos y llantas entre otras mercancías.
Cualquier consulta o duda: (503)7015-7312 / (503) 2101-2664
Email: eduardo@empresasaforo.com  // Twitter: @Eduardo_hyuga